El Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (CMDNNA) y el Cicpc advierten sobre el resurgimiento del «Desafío de las 48 horas», una tendencia en redes sociales que incita a menores de edad a desaparecer de sus hogares para ganar interacciones en internet, así lo dio a conocer a través el CMDNNA en su cuenta de instagram.
La advertencia de los organismos de protección y seguridad busca alertar a los padres sobre el impacto de esta práctica que pone en peligro directo la integridad físico-emocional de la juventud caraqueña.
Lo que debes saber
- La mecánica del reto: Niños y adolescentes se ausentan voluntariamente de sus casas durante dos días continuos. Cortan todo tipo de comunicación con sus familiares y evitan dejar pistas sobre su ubicación.
- El objetivo en redes: La tendencia busca acumular interacciones, posicionarse en búsquedas digitales y generar una alarma pública que movilice a familiares y usuarios.
- Posición oficial: La comisaria general Mercy Bracho, secretaria general del Cicpc, enfatizó que este fenómeno no debe catalogarse como un juego inofensivo, ya que conlleva severas implicaciones legales, sociales y psicológicas.
- Consecuencias directas: El aislamiento deliberado deja a los menores en una condición de vulnerabilidad extrema, expuestos a sufrir accidentes en la vía pública o a convertirse en víctimas de bandas delictivas. Asimismo, ocasiona daños en la tranquilidad familiar y provoca el despliegue infundado de los cuerpos de emergencia.
Qué establece la Lopnna sobre el entorno digital y la patria potestad
La legislación venezolana contempla herramientas jurídicas para la protección de los menores de edad en el ecosistema digital dentro del marco de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna):
- Responsabilidad de Crianza (Artículo 358): Forma parte del ejercicio de la Patria Potestad y establece el deber irrenunciable del padre, la madre o representantes legales de ejercer la vigilancia, orientación moral y custodia de los hijos, lo que faculta y obliga a los adultos a supervisar los contenidos, plataformas y entornos en los que interactúan los menores.
- Educación crítica frente a los medios (Artículo 69): Reconoce el derecho de los adolescentes a ser formados para seleccionar de forma adecuada y segura la información que reciben a través de las tecnologías de la comunicación y redes digitales.
- Prevención de situaciones de riesgo (Artículo 352): Contempla la exposición de los hijos a amenazas o situaciones de peligro para sus derechos fundamentales como una causal severa de incumplimiento de los deberes inherentes a la Patria Potestad, comprometiendo la responsabilidad legal directa de los padres ante la omisión o descuido de la supervisión.
El resurgimiento de estos retos virales expone una dinámica reiterada en las plataformas digitales: la búsqueda de validación y alcance a costa de situaciones de riesgo real. Cuando un joven decide aislarse y cortar comunicación, la respuesta institucional implica la activación de protocolos de búsqueda que movilizan recursos policiales y de protección civil.
Más allá de la alerta punitiva o institucional, la responsabilidad operativa recae en la supervisión dentro del hogar. Conocer las dinámicas de navegación digital, los grupos de mensajería y los hábitos de consumo de los menores resulta determinante para prevenir incidentes de este tipo antes de que se traduzcan en emergencias reales.


