miércoles, septiembre 2, 2026

¿Haces o participas en rifas? Estas son las nuevas reglas para que no pierdas tu dinero ni tu libertad

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La Comisión Nacional de Lotería (CONALOT) activó un estricto control sobre las rifas en todo el territorio nacional mediante la Providencia 001-2025. La norma obliga a toda persona natural o jurídica a registrarse en el sistema SITCON y obtener el RUNLOT antes de ofrecer cualquier premio, bajo la advertencia de que la comercialización no autorizada será castigada como un delito de juego ilegal. Así lo informó a través de sus redes sociales.

Puntos clave

  • El Registro es obligatorio: Debes inscribirte en el RUNLOT a través del portal SITCON. Necesitas RIF, carta de residencia y pagar una tasa de inscripción.
  • La Solvencia de Rifa: Para que te den el permiso, debes presentar una Declaración Jurada de Patrimonio y demostrar con documentos (título de propiedad) que el carro o la moto que estás rifando es realmente tuyo.
  • Límite de ventas: No puedes vender boletos de forma infinita. CONALOT fija topes: para rifas de triples y terminales, el máximo es el 2% de la totalidad de los medios de apuesta.
  • Reglas del «postergado»: Solo puedes pedir una prórroga si no vendiste el 70% de los tickets. Debes solicitarlo 5 días antes del sorteo y CONALOT decidirá si te lo permite.
  • Prohibición total: No se permite la participación de niños, niñas y adolescentes. Además, los premios no pueden ser entregados «en un lugar privado»; el sitio de entrega debe ser público y divulgado previamente.

Esta medida es un «freno de mano» a la economía informal del azar que inundó las redes sociales. El Estado venezolano, ahora exige una Declaración de Origen y Destino de Fondos. Esto significa que si usted gana una rifa que no tiene el sello de CONALOT, el premio podría ser incautado por las autoridades antes de llegar a sus manos. La «rifa de barrio» o de Instagram ahora debe tributar y ser fiscalizada, o simplemente desaparecer.

Rifas benéficas y de salud en Venezuela

La reciente Providencia 001-2025 de la CONALOT pone fin a la informalidad de las rifas realizadas bajo el argumento de «causas benéficas» o «ayudas médicas». Aunque el fin sea loable, la ley establece que toda rifa con fines sociales debe estar debidamente autorizada, demostrar el destino real de los fondos y cumplir con los mismos estándares de transparencia que un sorteo comercial para evitar estafas.

  • El «Fines Benéficos» tiene reglas: Según el Art. 7, numeral 5, para que una rifa sea considerada benéfica, el organizador debe estar registrado y demostrar que el 100% de la utilidad neta irá directamente a la causa social o médica declarada.
  • Sin exención automática de pago: Contrario a la creencia popular, no existe una exención total de tasas por el simple hecho de ser una rifa de salud. El organizador debe pagar la tasa de registro en el SITCON y el tributo correspondiente al 7% de los ingresos, a menos que una autoridad superior dicte una medida excepcional (extremadamente rara).
  • Transparencia obligatoria: Debes presentar un informe detallado que explique exactamente cómo se usarán los fondos. Si es para una operación, se deben consignar presupuestos médicos reales.
  • Premios con papeles: Incluso si la rifa es para salvar una vida, el premio (moto, teléfono, mercado) debe tener factura o título de propiedad a nombre del organizador. No se permiten premios «donados de palabra».

El uso de la «ayuda médica» se convirtió en el escondite perfecto para rifas clandestinas que evadían impuestos y, en muchos casos, nunca entregaban el premio. CONALOT ahora aplica el principio de «Cero Impunidad por Piedad». Esto no busca impedir la ayuda, sino garantizar que el ciudadano que compra un ticket de $1 «por colaborar» no sea estafado y que el dinero realmente llegue al paciente. Si vas a hacer una rifa de salud, hazla legal: el costo del registro es menor que el riesgo de que la policía te decomise el premio y el dinero recaudado.

Conoce en detalle la Providencia 001-2025 que rige esta nueva modalidad en el país.

Paso a paso: Así te registras y sacas tu RUNLOT

La CONALOT ha dispuesto el Sistema Integral de Trámites de la Lotería (SITCON) como la plataforma digital obligatoria para legalizar tu actividad. No necesitas gestores, esto es lo que debes hacer:

¿A quién aplica? Tanto si eres una persona natural (tú solo) como si tienes una empresa (persona jurídica), este registro es tu primer paso obligatorio.

📋 CHECKLIST: Lo que necesitas para tu rifa legal

Requisito¿Qué debo consignar?Observación 058
IdentidadCédula de Identidad y RIF vigente.Aplica para persona natural y jurídica.
PlataformaRegistro de usuario en el portal SITCON.Es el sistema único de la CONALOT.
ResidenciaCarta de residencia (si eres persona natural).Emitida por el CNE o Registro Civil.
PropiedadTítulo de propiedad o factura del premio.Prohibido rifar bienes ajenos o «de palabra».
LegalidadDeclaración de Origen de Fondos.Debes demostrar de dónde salió el dinero.
TransparenciaReglamento de Juego y Declaración Jurada.Son las reglas del sorteo y tu fe de patrimonio.
CostosPago del arancel administrativo.Dato 058: Las rifas de salud también pagan tasa.

💡 El Consejo de Noticia058:

No dejes el trámite para última hora. Según la Providencia 001-2025, la CONALOT puede tardar en validar tus documentos. Si lanzas la rifa sin el número de RUNLOT, las autoridades pueden decomisar el premio y el dinero recaudado aunque sea por «beneficencia».

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