Con el inicio del asueto de Semana Santa, el Sistema Integral de Transporte Superficial (SITSSA) habilitó sus unidades para el despliegue nacional desde los principales terminales de Caracas. Con destinos que van desde las playas de Sucre hasta los Andes, los usuarios podrán movilizarse con tarifas que oscilan entre los Ref. 9 y Ref. 33, pagaderos estrictamente a la tasa oficial del BCV. Así lo dieron a conocer a través de su cuenta de Instagram.
Precios para el Viajero:
Para esta temporada, el presupuesto se calcula en base a la Referencia (Ref.) del día:
- Rutas de Occidente y Llanos (Salida: La Bandera):
- San Cristóbal: Ref. 33
- Mérida: Ref. 30
- San Francisco (Zulia): Ref. 25
- Valera: Ref. 23
- Boconó / Punto Fijo / Barinas: Ref. 21
- Coro: Ref. 18
- Guanare / Biscucuy: Ref. 17
- San Fernando: Ref. 14
- Barquisimeto: Ref. 12
- Rutas de Oriente y Sur (Salida: Terminal de Oriente):
- Upata: Ref. 30
- San Félix: Ref. 28
- Puerto Ordaz: Ref. 26
- Tucupita: Ref. 25
- Caripito / Temblador: Ref. 20
- Carúpano: Ref. 19
- El Tigre / Maturín: Ref. 18
- Casanay: Ref. 17
- Anaco / Cariaco / Punta de Mata / San Antonio del Golfo: Ref. 16
- Cumaná: Ref. 13
- Puerto La Cruz: Ref. 12
- Puerto Píritu: Ref. 9 (La opción más económica para el playero).


La ventaja competitiva de SITSSA en esta Semana Santa no es solo el precio, sino la transparencia: el uso de la tasa BCV evita la especulación común en los terminales durante los días feriados.
| Campo | Información Oficial |
| Banco | 0102 – Banco de Venezuela (BDV) |
| Teléfono | 0426-5709951 |
| RIF | G-200077492 |
Ley de Protección al Consumidor y Usuario
Sobre el cobro de tasas de salida en los terminales, en Venezuela, la normativa que rige esto no es solo la Ley de Protección al Consumidor (ahora bajo la Ley Orgánica de Precios Justos), sino principalmente la Ley de Transporte Terrestre y las resoluciones del INAC/INTT.
Marco Legal: Lo que dice la Ley sobre Tasas y Pasajes
| Concepto | Estatus Legal | Base Jurídica |
| Tasa de Salida | Obligatoria, pero no es parte del pasaje. | Ley de Transporte Terrestre (Art. 73 y 153). |
| Cobro en Divisas | Prohibido como imposición única. | Ley del BCV y Convenio Cambiario N° 1. |
| Ajuste de Tarifa | Debe estar en Gaceta Oficial. | Gaceta Oficial Ministerial (Transporte). |
Puntos clave para el usuario
- La Tasa de Salida NO es el pasaje:El error común es creer que al pagarle a SITSSA ya estás listo. La Tasa de Salida (o derecho a muelle) es un tributo municipal por el uso de la infraestructura del terminal (limpieza, seguridad, baños).
- Dato de Impacto: Los terminales suelen cobrar esto aparte en una taquilla distinta o mediante un QR específico del municipio (Libertador para La Bandera, Sucre para Oriente).
- Prohibición de «Condicionamiento» (Art. 56 Ley Precios Justos):Ningún transportista o personal del terminal puede condicionar la venta del boleto al pago de la tasa en una moneda específica (ejemplo: «solo acepto efectivo»). Si el terminal tiene punto de venta o biopago, deben aceptarlo.
- Sobreprecio por «Temporada Alta»:La Ley es taxativa: el precio del pasaje es el que marca la Gaceta. Cobrar un «bono de Semana Santa» sin que esté publicado en Gaceta Oficial es un delito de especulación.
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